365673_reka_vodopad_les_1920x1200_(www.GdeFon.ru)Artículo escrito por Pablo Elorduy en: «Diagonal global»

El Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy, 11 de noviembre, la Ley 21/2013 de Evaluación Ambiental. Son 77 páginas de normativa con las que el Ejecutivo pretende impulsar una “coordinación vertical entre los niveles de Gobierno” y que han pasado los distintos trámites parlamentarios hasta plasmarse en un texto aprobado por el rodillo parlamentario del PP. Los principales titulares se refieren a dos aspectos incorporados al texto «por la puerta de atrás», motivo que ha provocado críticas a la celeridad con que se ha tramitado la ley, y se refieren a dos elementos, en principio ajenos al ordenamiento, como son la legislación sobre la fractura hidráulica o fracking, técnica de extracción de gas no convencional, y el trasvase Tajo-Segura. Juan López Uralde, coordinador de Equo, cree que la normativa publicada hoy forma parte de un programa político diseñado desde la Faes y aplicado previamente en otras leyes como la de Costas, y que se orienta al desamantelamiento organizado de la legislación medioambiental, junto con este «espíritu», se introducen esas dos adiciones orientadas a la consecuencia de «objetivos políticos concretos».

Theo Oberhuber, coordinador de campañas de Ecologistas en Acción, ha explicado a DIAGONAL, que en el caso del fracking, la ley introduce novedades importantes, ya que esta práctica no había entrado aún en el proceloso mundo de las evaluaciones para la protección del medioambiente. No obstante, Oberhuber explica que existe el temor fundado de que la Ley permita superar las trabas impuestas por distintas Comunidades Autónomas y municipios al fracking, así, la norma, dentro de esa «coordinación vertical» puede funcionar como una palanca para superar la autorización autónomica en caso de que el Estado quiera autorizar las prospecciones de gas. Para Uralde, el fracking es uno de los objetivos alcanzados hoy y evidencian la apuesta del Gobierno por la extracción de hidrocarburos frente a otras medidas de ahorro energético o de desarrollo de las energías renovables. El texto, a juicio de Equo, “legaliza y da carta de naturaleza al fracking”, y esto supone un retraso con respecto a países como Francia donde se ha establecido una moratoria para la introducción de esta técnica, denunciada en EE UU por los problemas ambientales y de salud pública relacionados a ella.

Para Ecologistas en Acción resulta muy preocupante una de las principales novedades que introduce la legislación. La creación de los Bancos de Compensación permitirá transformar sauces, olmos y robles en créditos en la madera del parqué de las bolsas de Madrid o Barcelona. Con la introducción de estos Bancos, se favorece «una valoración económica de la naturaleza» y se produce «una mercantilización de la biodiversidad», en palabras de Oberhuber. De este modo, según el BOE «Los bancos de conservación de la naturaleza son un mecanismo voluntario que permite compensar, reparar o restaurar las pérdidas netas de valores naturales, que serán objeto de desarrollo reglamentario por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente». Estos créditos «podrán ser comercializados en condiciones de libre mercado». Fernando Prieto, ecólogo del crSC2, centro de referencia de sostenibilidad y cambio climático, cree que esa frase carece de sentido, “ya que no existe un mercado de hábitats”.

La ley establece que quien pretenda acometer una actuación en materia ambiental puede comprar créditos para compensar el impacto de la obra planificada. Esos créditos, que quedan en manos de «la mano invisible» pueden surgir de actuaciones de compensación realizadas en lugares a cientos de kilómetros de distancia. Contamine usted en las Islas Canarias que alguien plantará un pinar en Ourense y le podrá comprar los derechos que haya consumido en la primera operación. El mecanismo ya funciona de manera similar en los mercados de emisiones de gases de efecto invernadero y ha tenido resultados, al menos, controvertidos. Oberhuber insiste en que el descontrol de la Administración sobre estas operaciones genera el caldo de cultivo de la especulación y recuerda que, aunque Ecologistas en Acción no está en contra de las medidas de compensación, es importante que ésta se realice en la misma zona sobre la que se interviene en primer lugar. “No todo se puede comprar e intercambiar”, prosigue Prieto, “¿cuánto cuesta un lince? ¿cuánto cuesta el último lince?”, se pregunta Fernando Prieto. Para este ecólogo, al margen de que hay detalles que no se conocen, como si ese mercado se hará a nivel estatal o autónomico, hay límites que no se establecen en el BOE: “si existe un proyecto con «pérdidas netas inevitables e irreparables de valores naturales» directamente se debe evitar y buscar una alternativa”, declara. López de Uralde insiste en que la biodiversidad no es un valor intercambiable, o lo que es lo mismo, «la destrucción de un ecosistema no se compensa con la aplicación de los valores del mercado”.

La filosofía de origen de esta ley, voraz, neoliberal y omnívora, en palabras de López de Uralde, interviene asimismo sobre los plazos y requisitos de las evaluaciones de impacto ambiental. Con el objetivo de agilizar los trámites, el Gobierno establece plazos más cortos para las distintas tipologías de declaración de impacto ambiental. Para Uralde la legislación reduce garantías y facilita procesos incompletos, al establecer límites de cuatro meses en procesos que “difícilmente pueden hacerse en dos años”. En este sentido, Oberhuber cree que se evidencia la concepción de las autorizaciones “como una traba y no como un mecanismo de garantía y control”, y con la nueva ley, el Gobierno pone todas las herramientas para allanar esas trabas. “La ley recorta los plazos, se reduce la participación pública y esto va a afectar a la calidad de las evaluaciones”, dice Oberhuber quien anuncia que Ecologistas seguirá vigilante los procesos de evaluación, ante esta merma del carácter objetivo y determinante de los exámenes. Ecologistas recuerda que están acostumbrados a llevar a los tribunales, ya sea de la Unión Europea o del Estado, estas declaraciones. No hay que remontarse mucho tiempo para encontrar una de estas sentencias: el 10 de diciembre, el Tribunal Constitucional anulaba la Ley que la Junta de Castilla y León montó ad hoc para aprobar la llamada “ciudad del medio ambiente” en Soto de Garray (Soria).